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Co-seguro de farmacia

Normativa del co-seguro de farmacia

El Co-seguro de Especialidades Farmacéuticas ASEG (Ayuda Solidaria para Empleados de Gas), funciona a través de la Mutual “CLARO AMANECER” de los Trabajadores de la Industria del Gas. Es un sistema solidario basado en el aporte de los trabajadores asociados a la Mutual y adheridos al co-seguro, el cual tiene vigencia en farmacias de la zona de influencia de los Colegios de Farmacéuticos de los Partidos de Bahía Blanca, Coronel Rosales, Saavedra y Trenque Lauquen, con quienes se establecieron sendos convenios. En el caso de Bahía Blanca, involucra también a los establecimientos del área de ingerencia de la Cámara de Farmacias.

Pautas de funcionamiento

1- El sistema funcionara como co-seguro de la OBRA SOCIAL PRIMARIA (OSP) del adherente al sistema. Estas son OSTIG (y las prestadoras contratadas, tales como Swiss Medical, Galeno u otra) y OSDIPP. También es de aplicación para cualquiera por la que haya optado el afiliado al ASEG, con sus descuentos de farmacia correspondientes.

2- El COSEGURO ASEG cubrirá el 40% del medicamento indicado por el profesional médico o su reemplazo en caso de no existencia. Dicho descuento se sumará al descuento de la obra social primaria. En el cuadro siguiente se da un ejemplo del sistema:

Mutual Claro Amanecer - Normativa del co-seguro de farmacia

3- El adherente al COSEGURO hará que el profesional médico complete el bono ASEG (azul) que el afiliado le entregará cuando efectúe la consulta. El profesional realizará la prescripción según la ley provincial 12395 (genéricos) y podrá sugerir una marca en caso de ser necesario, completará los datos de cantidad y diagnóstico.

4- El afiliado al ASEG llevará a la farmacia como documentación el carnet de su Obra Social y DNI (a requerimiento del farmacéutico). El afiliado al ASEG estará dado de alta en el sistema de la farmacia como usuario, luego de los 4 meses de aporte al fondo solidario. La Mutual será la encargada de darle el alta en el sistema.

5- El adherente deberá presentar en la farmacia el recetario de la OSP y el bono de ASEG ambos completados por el profesional. El afiliado podrá solicitar al farmacéutico la medicación según la prescripción genérica de la marca que le haya sugerido el profesional, u otra de la misma monodroga según su preferencia. Los descuentos se realizaran de acuerdo al precio de la marca indicada por el médico.

6-El bono ASEG deberá tener la firma de recibí conforme del adherente, que constate la entrega de los medicamentos prescriptos.

7- El COSEGURO NO CUBRE MEDICAMENTOS DE TRATAMIENTO PROLONGADO, el adherente al sistema obtendrá el formulario de descuento para tratamiento prolongado de su Obra Social Primaria y/o la prestadora y seguirá las indicaciones de la misma. En algún caso especial se autorizará un medicamento de uso prolongado con el sello “se autoriza prescripción”.

8- A los usuarios de medicación de uso prolongado, el ASEG le realizará un reintegro del 40% sobre el porcentaje que abone el afiliado. Deberá presentar boleta o ticket fiscal y fotocopia de receta donde conste la condición de tratamiento prolongado.

9- El medicamento cuyo precio unitario sea de $1.400 (pesos mil cuatrocientos) o más, deberá poseer en el bono el sello de “se autoriza prescripción” colocado en sede de la MUTUAL. Para verificación, puede eventualmente solicitarse la historia clínica.

10- URGENCIAS: En casos de que el afiliado comprare medicamentos por una urgencia, y no posea el bono del ASEG para reclamar el reintegro del Coseguro; deberá presentar fotocopia de la receta (donde, de ser posible, sean visibles los troqueles de los medicamentos indicados), y el ticket o boleta fiscal de compra de la farmacia.

11- Para las farmacias de la zona se implementará un sistema de autorización y reintegros, hasta tanto se realicen los convenios con los colegios respectivos; así como se colaborará desde La Mutual en la obtención de las autorizaciones para los medicamentos de uso prolongado.